Aclaración de voto sobre nulidad y restablecimiento del derecho en licencia ambiental
Proviene de: Sentencias
22 de mayo de 2025 21:44:11
La Consejera manifestó su respeto por la opinión mayoritaria de la Sala, con la cual coincidió en la decisión adoptada en el fallo de abril de 2025. En este, se confirmó parcialmente la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, se revocó un ordinal y se negó el restablecimiento del derecho solicitado, sin condena en costas. Sin embargo, aclaró su voto para explicar algunos aspectos relevantes.
En primer lugar, aunque la prueba pericial fue fundamental para sustentar las conclusiones del fallo, consideró que la valoración realizada no implicaba que el informe técnico de la autoridad ambiental contuviera inconsistencias. Más bien, la decisión se basó en que el acto de revocatoria no especificó qué conclusiones del estudio inicial se desvirtuaron con la prueba practicada, lo que impidió conocer las razones precisas para la revocatoria.
El fallo indicó que el informe técnico realizó un nuevo estudio que derivó en un cambio de posición de la autoridad ambiental al revocar la licencia, sin señalar fallas concretas en el estudio de impacto ambiental que fundamentó inicialmente el otorgamiento.
La Consejera señaló que esta apreciación no desvirtúa la conclusión pericial, que indicó que el método usado por los solicitantes de la licencia era más confiable, sin que ello implicara que el análisis del informe técnico inicial fuese erróneo.
Además, explicó que no era necesario ni obligatorio que la autoridad ambiental desvirtuara cada conclusión del estudio inicial para evitar una supuesta falsa motivación. La revisión realizada en el recurso de reposición tenía como propósito verificar aspectos específicos, como el caudal del recurso hídrico, y podía distinguir diferencias entre estudios...
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