Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en caso del Hospital San Jerónimo de Montería
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 20:29:50
Antecedentes y contexto normativo
El conflicto se originó por la solicitud presentada ante la AFP Colfondos para el reconocimiento y pago de un bono pensional. El Hospital San Jerónimo de Montería, hoy Empresa Social del Estado (ESE), argumentó que para el periodo trabajado la entidad no tenía personería jurídica y que los aportes se realizaban a través de la extinta Caja de Previsión Social del departamento de Córdoba. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público señaló que la petición no correspondía a su competencia y que la obligación recaía en la institución empleadora directa. El departamento de Córdoba objetó el reconocimiento debido a que la solicitante no quedó registrada como beneficiaria del convenio de concurrencia del sector salud. Este caso requiere analizar el marco normativo del Sistema Nacional de Salud, el proceso de descentralización del sector salud, y los mecanismos para garantizar el pago del pasivo prestacional, entre los que destacan la Ley 60 de 1993, la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001, y el Decreto 586 de 2017.Competencia para resolver el pago del bono pensional
El Consejo de Estado recordó que para el periodo indicado, el Hospital San Jerónimo de Montería funcionaba como una dependencia administrativa del departamento de Córdoba, en el marco del servicio seccional de salud de dicho departamento. Así, conforme a la legislación vigente, el departamento de Córdoba era el responsable de prestar los servicios de salud y, en consecuencia, de presupuestar y pagar las cesantías y pensiones correspondientes hasta que se realizara el corte de cuentas con el Fondo Prestacional del Sector...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias