Consejo de Estado niega aclaración y adición a sentencia sobre acción de tutela en proceso electoral
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 20:27:47
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Cuarta, negó la solicitud de aclaración y adición de una sentencia proferida el 3 de abril de 2025, que declaró improcedente una acción de tutela interpuesta contra el Consejo de Estado, Sección Quinta. La acción buscaba dejar sin efecto el auto que confirmó la negativa a suspender provisionalmente el acto de elección del contralor departamental de Caldas para el periodo 2022-2025.
Antecedentes del caso
La acción de tutela fue presentada por un ciudadano que alegaba la vulneración de sus derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia, debido a decisiones adoptadas en el marco de un proceso de nulidad electoral en curso. La Sala concluyó que no se cumplió el requisito de subsidiariedad, pues las inconformidades planteadas debían resolverse en el proceso electoral y no en la tutela.
Fundamentos jurídicos para negar la aclaración y adición
El Consejo de Estado recordó que, conforme a los artículos 285 y 287 del Código General del Proceso, una sentencia puede ser aclarada o adicionada únicamente cuando existan conceptos o frases que generen verdadero motivo de duda o cuando se omita resolver sobre algún punto que debía ser objeto de pronunciamiento. En este caso, la Sala consideró que la sentencia fue clara y completa, sin omisiones o confusiones que justificaran la aclaración o adición solicitada.
Derecho de impugnación y acceso a la justicia
Aunque se negó la aclaración y adición, la Sala concedió la impugnación contra la sentencia en garantía del derecho de acceso a la administración de justicia y el principio de doble instancia, conforme...
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