Consejo de Estado declara carencia actual de objeto en tutela por presunta mora judicial
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 20:28:19
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, resolvió una acción de tutela presentada contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B, por presunta mora judicial al no pronunciarse sobre la aprobación de un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes del caso
El accionante solicitó amparo de sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia, argumentando que el tribunal demandado no había emitido providencia sobre la conciliación pactada en mayo de 2022. A pesar de varias solicitudes de impulso procesal, la respuesta no se había materializado al momento de presentar la tutela.Fundamentos jurídicos
La Sala recordó que la acción de tutela es un mecanismo de protección subsidiario y residual, aplicable cuando no existen medios de defensa judicial ordinarios o cuando se busca prevenir un perjuicio irreparable. En este sentido, la tutela debe dirigirse a proteger derechos fundamentales afectados de manera actual e inminente. Asimismo, se explicó el concepto de carencia actual de objeto, que se presenta cuando desaparecen las circunstancias que originaron la violación o amenaza a un derecho fundamental durante el trámite de la acción de tutela. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha identificado tres supuestos para esta figura: hecho superado, daño consumado y situación sobreviniente.Decisión y efectos
El tribunal demandado acreditó que el 11 de abril de 2025 dictó un auto fechado el 5 de octubre de 2022, en el que aprobó la conciliación y notificó a las partes el 21 de abril de 2025, conforme a los...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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