Consejo de Estado niega tutela por presunta mora judicial en proceso administrativo
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 20:28:6
Antecedentes del caso
La acción de tutela fue presentada para proteger los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, denunciando una presunta mora judicial injustificada en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado en 2016. La accionante solicitó que se ordenara al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Conjueces, proferir sentencia en un término perentorio, argumentando que han transcurrido más de seis años sin decisión de fondo.
Durante el trámite, se registraron varios cambios en los conjueces ponentes, y aunque se adelantaron las actuaciones procesales, la sentencia aún no se ha proferido. La Sala vinculó como terceros con interés a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Análisis jurídico sobre la mora judicial
La Sala recordó que la acción de tutela es procedente para proteger derechos fundamentales cuando no existen otros medios judiciales idóneos y eficaces, salvo que exista un perjuicio irremediable. En materia de mora judicial, la jurisprudencia establece que esta solo se configura cuando hay dilación injustificada imputable a la autoridad judicial, excluyendo las demoras causadas por la complejidad del asunto o problemas estructurales.
La Corte Constitucional ha señalado que la mora es justificable ante procesos complejos o por sobrecarga laboral, siempre que exista diligencia razonable del juez. En este sentido, la Sala valoró que el tribunal ha adelantado las actuaciones necesarias y que el expediente se encuentra al despacho para fallo desde febrero de 2025, además de reconocer la alta carga laboral enfrentada.
Decisión y consecuencias
El Consejo de Estado concluyó que no se configuró...
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