Consejo de Estado declara desistimiento tácito de prueba documental en proceso contra Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 19:26:48
El proceso inició con una demanda presentada contra la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitando la nulidad de una resolución que resolvió un recurso de apelación relacionado con el registro de una marca nominativa.
Durante el proceso, se suspendió la actuación para solicitar una interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la cual fue incorporada al expediente. Posteriormente, el despacho encargado ordenó reanudar el proceso y cumplir con una serie de requerimientos relacionados con la práctica de una prueba documental.
La parte demandante fue requerida en varias ocasiones para acreditar el pago de las expensas necesarias para la práctica de la prueba documental decretada, sin que respondiera a dichos requerimientos. En consecuencia, y conforme al artículo 317 de la Ley 1564 de 2012, el despacho declaró el desistimiento tácito de la mencionada prueba documental.
Además, en aplicación del artículo 210 del Decreto 01 de 1984, se ordenó el traslado común a las partes e intervinientes para que aleguen de conclusión en un término de diez días. El agente del Ministerio Público podrá solicitar traslado especial del expediente por igual término, sin necesidad de auto que lo disponga.
Finalmente, una vez cumplidos los términos para alegar, se ordenó remitir el expediente al despacho para que profiera la decisión correspondiente.
Este fallo destaca la importancia de cumplir con los requisitos procesales, como el pago de expensas para la práctica de pruebas, y establece las consecuencias del incumplimiento, en este caso, el desistimiento tácito de la prueba solicitada, sin condena en costas a la...
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