Logo Avance JurÍdico S.A.S

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades

Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra gobernador del Putumayo

Proviene de: Sentencias

23 de mayo de 2025 14:53:49

El Consejo de Estado, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, admitió la demanda de nulidad electoral interpuesta contra el acto de elección del gobernador del departamento del Putumayo para lo que resta del periodo constitucional 2024-2027. La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011.

Antecedentes y fundamento de la demanda

La demanda se originó tras las elecciones atípicas realizadas en febrero de 2025 para designar al gobernador del Putumayo, debido a la falta absoluta del titular anterior. El demandante argumenta que el elegido se encuentra incurso en causal de inhabilidad prevista en el numeral 6 del artículo 111 de la Ley 2200 de 2022, por tener parentesco en segundo grado de consanguinidad con una funcionaria de nivel nacional del Ministerio de Educación Nacional, quien ejerce autoridad política y administrativa en todo el territorio nacional, incluido el departamento del Putumayo. El demandante sostiene que dicha funcionaria ocupó cargos que implican ejercicio de autoridad civil, política y administrativa dentro del periodo inhabilitante de doce meses previos a la elección, lo cual afectaría la validez del acto electoral.

Revisión de requisitos formales y competencia

El Consejo de Estado verificó el cumplimiento de los requisitos legales para la admisión de la demanda, tales como la presentación dentro del término legal de 30 días, la precisión en la individualización de las partes, la claridad en la pretensión y los fundamentos de derecho, y el envío adecuado de notificaciones. Asimismo, se confirmó la competencia de la Sección Quinta para conocer y tramitar en única...

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias