No procede recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia para soldado profesional
Proviene de: Sentencias
22 de mayo de 2025 21:33:31
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, decidió el recurso de reposición presentado contra el auto que rechazó de plano un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia. Este recurso buscaba equiparar el tratamiento jurídico de los soldados profesionales con el de los soldados voluntarios, fundamento que no fue aceptado por el tribunal.
Antecedentes del caso
El recurrente interpuso recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia contra una sentencia de segunda instancia, alegando que se había desconocido una regla establecida en una sentencia previa que aplicaba un porcentaje del 20% en beneficios para soldados voluntarios. Sin embargo, el tribunal consideró que esta regla no era aplicable a soldados profesionales, categoría a la que pertenece el recurrente.Procedencia y fundamentación jurídica
El recurso de reposición fue considerado procedente en cuanto a forma y oportunidad, pero el fondo del recurso extraordinario no cumplía con los requisitos para su admisión. El Consejo de Estado recordó que la finalidad de este recurso es asegurar la unidad en la interpretación del derecho y que solo procede cuando la sentencia impugnada contraviene una sentencia de unificación previa. En este caso, la sentencia cuestionada aplicó correctamente la normativa vigente para soldados profesionales. Además, se confirmó la condena en costas impuesta al recurrente. El despacho señaló que, conforme al artículo 265 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), cuando un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia es rechazado de plano, corresponde condenar en costas al recurrente.Implicaciones y vigencia
Esta decisión reafirma la diferenciación jurídica entre categorías de soldados en materia de beneficios laborales y la aplicación estricta de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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