Consejo de Estado confirma improcedencia de hábeas corpus en caso de desmovilizado con condena por homicidio agravado
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 19:27:52
Antecedentes del caso
Un ciudadano desmovilizado de un grupo armado al margen de la ley, con postulación vigente a la Ley 975 de 2005, fue capturado en cumplimiento de una orden de captura vigente para cumplir una condena penal por homicidio agravado y otros delitos. Aunque había sido beneficiado con la sustitución de medidas de aseguramiento y gozaba de libertad a prueba en algunos procesos judiciales, la orden de captura correspondía a una sentencia condenatoria no incluida en los beneficios otorgados. El accionante argumentó que su detención violaba sus garantías constitucionales y que se producía una prolongación ilegal de la privación de la libertad, solicitando la libertad inmediata mediante hábeas corpus y la suspensión o cancelación de órdenes de captura vigentes.Decisión judicial y fundamentos
El Tribunal Administrativo de Bolívar negó la acción de hábeas corpus, decisión que fue confirmada en segunda instancia por el Consejo de Estado. La Sala explicó que el hábeas corpus es una acción constitucional destinada a proteger la libertad personal frente a detenciones arbitrarias o prolongaciones ilegales, pero no sustituye los procedimientos judiciales ordinarios ni reemplaza la competencia del juez natural. Se destacó que la privación de libertad del desmovilizado se ajustó a la legalidad, con orden y legalización de captura emitidas y ejecutadas por las autoridades judiciales competentes. Además, la detención se fundamentó en una sentencia condenatoria firme por homicidio agravado, que no estaba cubierta por los beneficios de sustitución de medidas otorgados en otros procesos. La Sala señaló que las solicitudes de libertad deben tramitarse ante el juez de ejecución de penas correspondiente y que la acción de hábeas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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