Consejo de Estado confirma legalidad de expropiación administrativa en Tunja pese a impugnaciones sobre avalúo
Proviene de: Sentencias
22 de mayo de 2025 21:43:19
Antecedentes y pretensiones de la demanda
Se presentaron acciones especiales contencioso administrativas contra el Municipio de Tunja en relación con la expropiación administrativa de un predio para la construcción del eje de desarrollo vial e integración urbana del nororiente de la ciudad. Los demandantes, copropietarios del inmueble, solicitaron declarar la nulidad de la resolución que ordenó la expropiación y del decreto que declaró condiciones de urgencia, así como el restablecimiento de derechos, demolición de obras construidas, restitución de elementos destruidos y pago de indemnizaciones por el valor real del inmueble y perjuicios derivados.
Marco normativo y procedimiento de expropiación
La expropiación administrativa se regula en la Ley 388 de 1997, que establece que, por motivos de utilidad pública o interés social, el Estado puede adquirir un inmueble mediante procedimiento administrativo, siempre garantizando una indemnización justa y previa al propietario. La declaratoria de urgencia, la oferta de compra, la negociación y, en caso de no llegar a acuerdo, la decisión de expropiación, son etapas obligatorias del proceso.
En este caso, el Concejo Municipal de Tunja declaró de utilidad pública el predio mediante un acuerdo y facultó al Alcalde para declarar condiciones de urgencia por un término determinado, lo cual se materializó mediante decreto. Posteriormente, se ordenó el inicio del proceso de expropiación y, ante la falta de acuerdo, se expidieron resoluciones que formalizaron la expropiación y su inscripción en el registro público.
Argumentos sobre la legalidad y valoración del avalúo
Los demandantes cuestionaron la validez de la declaración de urgencia, argumentando que el decreto fue expedido antes de la entrada en vigencia del acuerdo municipal que la...
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