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Consejo de Estado acepta desistimiento en demanda contra la Rama Judicial por bonificación salarial

Proviene de: Sentencias

23 de mayo de 2025 17:2:16

El caso se originó con una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que buscaba el reconocimiento de diferencias salariales derivadas de la bonificación por compensación, regulada en el Decreto 610 de 1998, para un magistrado de la Sala Penal de un Tribunal Superior. La demanda cuestionaba la Resolución 2952 de 2010, que negó este reconocimiento. El Tribunal Administrativo correspondiente declaró la nulidad del acto administrativo y ordenó el pago de las diferencias salariales, tomando como referencia el 80 % del ingreso de los magistrados de altas cortes. Sin embargo, la entidad demandada interpuso recurso de apelación, argumentando la excepción de cosa juzgada, pues otro proceso judicial se había pronunciado sobre los mismos hechos y pretensiones. Antes de que se admitiera dicho recurso, el demandante solicitó el desistimiento de las pretensiones de la demanda, conforme al artículo 314 del Código General del Proceso, que permite desistir mientras no se haya dictado sentencia definitiva. El Consejo de Estado verificó el cumplimiento de los requisitos legales para aceptar el desistimiento: que fuera incondicional, realizado antes de la sentencia definitiva, y efectuado por la parte facultada para ello. Además, se consideró el principio de economía procesal, dado que la parte demandada guardó silencio tras la solicitud de desistimiento. En consecuencia, se aceptó el desistimiento, y se decidió no imponer condena en costas, conforme al artículo 316 del mismo código, que contempla esta posibilidad cuando se desisten los efectos de una sentencia favorable. Con esta decisión, el proceso queda terminado sin que se dicte sentencia sobre el fondo del asunto, y se ordena devolver el expediente al tribunal...

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