Consejo de Estado confirma negativa de prueba documental en caso de pensión gracia
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 17:2:9
El caso se originó cuando un docente de la educación pública presentó una demanda contra la UGPP, solicitando la nulidad de resoluciones que negaron el reconocimiento y pago de la pensión gracia de jubilación. Además, pidió el restablecimiento del derecho con el pago de las mesadas pensionales desde 2009, junto con los reajustes e intereses correspondientes.
El docente argumentó que prestó servicios por varios años bajo nombramientos de carácter nacional y territorial en diferentes municipios, y que, debido a la descentralización educativa, el vínculo laboral cambió de nacional a territorial y luego a municipal, lo que, según su criterio, hace que sus tiempos de servicio sean aptos para el reconocimiento de la pensión gracia.
La UGPP solicitó la práctica de una prueba documental para que la Secretaría de Educación del departamento correspondiente certificara la naturaleza de las plazas ocupadas (nacional, territorial o nacionalizado) y la fuente de financiación de los servicios prestados, con el fin de establecer si se trataba de recursos del situado fiscal o de entidades territoriales. Esta solicitud fue negada por el Tribunal Administrativo por considerar que la controversia era de puro derecho y que en el expediente ya constaba certificación suficiente sobre el tiempo y tipo de vinculación.
Decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la UGPP contra esta negativa, analizó los requisitos legales para decretar pruebas en procesos contencioso-administrativos, tales como la pertinencia, conducencia, utilidad y necesidad, conforme a los artículos 164, 165 y 168 del Código General del Proceso (CGP).
El alto tribunal concluyó que la prueba solicitada no...
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