Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por solicitud improcedente de prisión domiciliaria
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 17:1:50
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial conoció en grado jurisdiccional de consulta una sentencia proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia, que sancionó a una abogada por transgredir el deber profesional de colaborar leal y legalmente en la recta y cumplida realización de la justicia, conforme al artículo 28 numeral 6 de la Ley 1123 de 2007. La abogada incurrió en la falta prevista en el artículo 33 numeral 2 de la misma ley, a título de dolo, por promover una causa manifiestamente contraria a derecho, específicamente al radicar una solicitud improcedente de prisión domiciliaria en un proceso penal.
El caso se originó a partir de una queja presentada por una persona que solicitó investigar a la profesional del derecho por promover dicha solicitud que fue resuelta negativamente por el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín, fundamentando su decisión en el artículo 38G de la Ley 599 de 2000. Este artículo prohíbe la prisión domiciliaria para personas condenadas por ciertos delitos, entre ellos el concierto para delinquir agravado, delito por el cual estaba condenado el procesado en este caso.
Durante el proceso disciplinario, se acreditó que la abogada recibió poder para gestionar la solicitud de prisión domiciliaria y que actuó al interior de una firma de abogados que había suscrito un contrato con la interesada para la defensa en este trámite. Se estableció que la abogada promovió la solicitud sin verificar su procedencia legal, a pesar de conocer las prohibiciones expresas de la ley.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial realizó un análisis riguroso...
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