Nulidad de procedimiento disciplinario por competencia en caso de abogado con licencia temporal
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 16:10:23
Antecedentes y fallo de primera instancia
Una persona presentó queja disciplinaria contra un abogado por presunto abandono en la gestión encomendada y falta de información sobre un proceso judicial. Tras la apertura del proceso disciplinario, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial sancionó al profesional con suspensión de dos meses en el ejercicio de la profesión, por incurrir a título de culpa en faltas relacionadas con la demora en la gestión y la omisión de informar a su cliente.Cuestión de competencia y tipo de licencia
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta, revisó el caso y determinó que el abogado actuaba con una licencia temporal vigente, la cual faculta a ejercer en casos específicos y no equivale a la licencia provisional que habilita para el ejercicio general de la abogacía. Según la normativa vigente, solo los abogados titulados o con licencia provisional son destinatarios del código disciplinario.Implicaciones jurídicas y nulidad
Por consiguiente, se concluyó que el proceso disciplinario carece de competencia para conocer el caso, al no tratarse de un destinatario válido del régimen sancionatorio. En consecuencia, se decretó la nulidad de todo lo actuado desde la apertura de la investigación, ordenando que el expediente regrese a la Comisión Seccional para el trámite correspondiente.Importancia del fallo
Esta decisión reafirma la distinción legal entre licencia temporal y provisional, y la necesidad de respetar el principio de legalidad y competencia en procedimientos disciplinarios. Además, subraya la estricta aplicación de las causales de nulidad para garantizar el debido proceso en la jurisdicción disciplinaria de abogados. El fallo es un referente para casos...Más noticias sobre Derecho Privado
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