Suspensión disciplinaria por incumplimiento en la aceptación de cargo de curador ad litem
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 17:0:59
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de la competencia conferida por la Constitución Política, revisó en grado jurisdiccional de consulta la sentencia emitida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Caldas, que sancionó con suspensión de seis meses a una abogada por no asumir la designación como curadora Ad Litem en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Tras analizar el caso, la Comisión decidió modificar la sanción a dos meses de suspensión.
Antecedentes del caso
La investigación se inició tras la compulsa de copias ordenada por un tribunal administrativo, en un proceso donde la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) era parte demandante. La abogada fue designada curadora Ad Litem para representar a la parte demandada, pero no tomó posesión del cargo. Se acreditó que la abogada fue notificada formalmente mediante correos electrónicos enviados al correo registrado en el sistema nacional de abogados, además de una llamada telefónica en la que fue informada que la designación era de aceptación obligatoria. Sin embargo, no respondió ni justificó su inasistencia, y fue relevada del cargo mediante auto judicial. La investigación disciplinaria concluyó que incurrió en falta por demora o abandono en las diligencias propias de la actuación profesional, tipificada en el artículo 37 numeral 1° de la Ley 1123 de 2007, y por incumplimiento de los deberes profesionales señalados en el artículo 28 numerales 10 y 21 de la misma norma.Elementos jurídicos y decisión
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