Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma negativa a pruebas en proceso disciplinario contra abogado
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 16:12:53
Contexto del caso
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, con base en el artículo 257A de la Constitución Política, conoció el recurso de apelación presentado por la defensa de un abogado, contra la providencia de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Nariño que negó la práctica de algunas pruebas solicitadas. El proceso se originó por una queja formulada contra el abogado por su presunto comportamiento hostil y amenazas hacia una trabajadora social de la Comisaría de Familia de un municipio de Nariño, durante la solicitud de información sobre un proceso de demanda por inasistencia alimentaria.
Desarrollo procesal
La Seccional abrió investigación disciplinaria y realizó varias audiencias de pruebas, en las que se escucharon versiones y testimonios contradictorios. El abogado negó los hechos y afirmó que actuó de manera respetuosa, mientras la denunciante ratificó las conductas intimidatorias y amenazantes atribuidas al profesional. Se recabaron diversos testimonios de funcionarios públicos y personas relacionadas con el caso, algunos de los cuales no presenciaron los hechos o mostraron desconocimiento de los mismos.
Durante el proceso, se identificó que el abogado no contaba con poder para actuar en el momento de los hechos, lo que legitimó la solicitud del documento requerido por la trabajadora social. A pesar de ello, existían dudas razonables sobre la ocurrencia de las conductas reprochadas y la responsabilidad del investigado.
Pruebas solicitadas y decisión de la Comisión Seccional
La defensa solicitó la práctica de pruebas testimoniales adicionales y la ampliación de la versión libre del abogado, alegando que eran necesarias para establecer la existencia o inexistencia de las conductas imputadas y para demostrar la posible injerencia en la desvinculación laboral de la denunciante. La Comisión Seccional decretó la ampliación de la versión libre y la práctica del testimonio de una secretaria de la Comisaría, pero negó otros testimonios por considerarlos inconducentes, impertinentes e inútiles, ya que los testigos propuestos no estuvieron presentes en el lugar ni momento de los hechos y sus declaraciones no guardaban relación directa con la investigación disciplinaria.
Análisis y decisión de segunda instancia
En segunda instancia, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial analizó el recurso de apelación sobre la negativa de las pruebas. Confirmó que la admisibilidad de los medios de prueba debe atender a los principios de pertinencia, conducencia y utilidad para el esclarecimiento de los hechos materia de la investigación. Se concluyó que los testimonios solicitados no cumplían con estos criterios y que el testimonio de una de las testigos ya obraba en el expediente, por lo cual reiterarlo no aportaría elementos adicionales.
Asimismo, se precisó que la investigación se circunscribe exclusivamente a verificar si existieron amenazas por parte del abogado hacia la trabajadora social y no a determinar supuestas influencias en la desvinculación laboral de la denunciante, por lo que las pruebas relacionadas con este último punto carecían de pertinencia.
Por lo anterior, la Comisión Nacional confirmó la providencia de la Comisión Seccional que negó el decreto y práctica de las pruebas adicionales solicitadas por la defensa, en garantía del debido proceso y la economía procesal.
Conclusión y notificaciones
La decisión es definitiva y fue notificada a las partes por medios electrónicos, dejando constancia de su recepción. El expediente fue devuelto a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para continuar con el trámite correspondiente.
Esta resolución reafirma la importancia de la valoración estricta de la pertinencia y utilidad de las pruebas en los procesos disciplinarios contra abogados, garantizando el equilibrio entre la defensa y la eficiencia administrativa de la justicia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.