Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible responde a derecho de petición sobre delimitación de zonas mineras en abril de 2025
Proviene de: Circulares
22 de mayo de 2025 20:48:4
Contexto y propósito de la Circular
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), entidad pública encargada de la gestión ambiental en Colombia, emitió en abril de 2025 una respuesta formal a un derecho de petición radicado por una sociedad minera interesada en obtener claridad sobre la delimitación geográfica de zonas excluidas para la minería en un área específica dentro de la cuenca del río Grande, afluente del Embalse de Riogrande II, parte del “Proyecto Múltiple de Riogrande” del Acueducto Regional del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. El propósito principal de esta comunicación fue atender la solicitud de información sobre el acto administrativo motivado que delimite de manera clara las áreas donde no se pueden llevar a cabo actividades de exploración y explotación minera, y solicitar documentación asociada a peticiones anteriores. La circular responde a un derecho de petición general, con fundamento en el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, que regula los términos para la atención de estas solicitudes.Alcance y validez legal
La respuesta del MADS tiene carácter vinculante para la entidad y es una manifestación oficial en el marco del derecho de petición. Sin embargo, aclara que la competencia para otorgar títulos mineros recae exclusivamente en la Autoridad Minera Nacional, conforme al artículo 14 de la Ley 685 de 2001, el Código de Minas. Asimismo, la delimitación de áreas de protección ambiental dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) se realiza mediante actos de carácter general basados en criterios técnicos, sociales y ambientales, y no mediante actos administrativos particulares dirigidos a casos específicos. El Ministerio enfatiza que la...Más noticias sobre Medio Ambiente
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