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Normativa vigente para la compartición de infraestructura en telecomunicaciones

Proviene de: Conceptos

26 de mayo de 2025 16:44:12

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) emitió un concepto sobre la normativa aplicable a la compartición de infraestructura en el sector de telecomunicaciones. Este pronunciamiento, realizado conforme al artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, tiene efectos generales y no aborda casos particulares.

Marco normativo para la compartición de infraestructura

El numeral 5 del artículo 22 de la Ley 1341, modificado por la Ley 1978 de 2019, establece como función de la CRC definir las condiciones para el uso de infraestructuras y redes de otros servicios en la prestación de servicios de telecomunicaciones, incluyendo televisión abierta y radiodifusión sonora, bajo criterios de costos eficientes. En desarrollo de esta función, la CRC reguló el acceso, uso y remuneración de postes, canalizaciones y otros elementos de infraestructura de proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST). Estas disposiciones se encuentran en el capítulo 10 del título IV de la Resolución CRC 5050 de 2016, disponible en el siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/resolucioncrc50502016.htm Este marco normativo busca promover la eficiencia en la utilización de infraestructura existente, reducir costos y minimizar el impacto ambiental. Los proveedores están obligados a otorgar acceso a su infraestructura a otros operadores bajo términos no discriminatorios y transparentes, siempre que exista capacidad disponible y se cumplan requisitos técnicos y de seguridad. Además, la resolución establece procedimientos claros para la solicitud y respuesta de acceso, así como criterios para la resolución de conflictos entre operadores. Las tarifas aplicables deben ser justas y razonables, reflejando los costos de mantenimiento y operación.

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