Reconexión del servicio público domiciliario de energía eléctrica: plazo máximo de 24 horas
Reconexión del servicio público domiciliario de energía eléctrica: plazo máximo de 24 horas
Proviene de: Conceptos
26 de mayo de 2025 16:41:37
Marco normativo y alcance
El artículo 142 de la Ley 142 de 1994 establece que, para que el prestador restablezca el servicio suspendido o cortado por causa imputable al usuario, éste debe eliminar la causa, pagar los gastos de reconexión y cumplir con las sanciones contractuales. Aunque la norma señala que el restablecimiento debe hacerse en un plazo razonable, no fija un término específico.
Por su parte, el Decreto Ley 019 de 2012, orientado a eliminar trámites innecesarios en la administración pública, establece en su artículo 42 que la reconexión del servicio deberá producirse de ...