Consejo de Estado confirma que no hubo mora en pago de cesantías parciales de docente afiliada al FOMAG
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 19:36:7
Antecedentes del caso
La demanda fue interpuesta contra el Ministerio de Educación y el FOMAG, solicitando el reconocimiento y pago de la sanción moratoria prevista en las Leyes 1071 de 2006 y 1955 de 2019, por el supuesto incumplimiento en el pago oportuno de las cesantías parciales de una docente. La actora alegó que la solicitud de pago fue presentada el 16 de junio de 2022, y que la entidad demandada no respondió la petición dentro de los plazos legales, generando mora.
Por su parte, las entidades demandadas argumentaron que el pago se realizó dentro de los términos establecidos y que no existió obligación de pago de sanción moratoria a cargo del FOMAG, señalando que la responsabilidad podría recaer en la entidad territorial. También se presentaron excepciones procesales, incluyendo inexistencia de obligación y falta de legitimación en la causa.
Marco normativo y jurisprudencial
El fallo se fundamenta en el análisis de varias normas, principalmente la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006, que establecen los términos para el reconocimiento y pago de cesantías y la aplicación de sanciones por mora. Según la ley, la entidad empleadora debe expedir la resolución que reconozca las cesantías dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación completa de la solicitud, y realizar el pago dentro de los cuarenta y cinco días hábiles posteriores a la ejecutoria del acto administrativo.
El Consejo de Estado unificó jurisprudencia en cuanto a la sanción moratoria para docentes afiliados al FOMAG, señalando que la responsabilidad en caso de mora puede recaer tanto en el Fondo como en las entidades...
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