La Corte Constitucional ordena nulidad de proceso de tutela por indebida integración del contradictorio en caso de publicaciones en red social
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2025 20:52:39
Antecedentes del caso y publicaciones en la página
La acción de tutela fue presentada por el alcalde, el secretario general, el secretario de gobierno y el jefe de la oficina jurídica de un municipio en Boyacá, contra los administradores de la página de Facebook conocida como Amigosde Paipa. La demanda alegaba la vulneración de derechos fundamentales como el buen nombre, la honra, la dignidad humana, la intimidad y la presunción de inocencia, debido a publicaciones realizadas entre mayo y julio de 2024. Dichas publicaciones señalaban erróneamente que existía una orden judicial que impedía la demolición de casas coloniales por parte de la Alcaldía, cuando en realidad se trataba de un exhorto. Los funcionarios solicitaron la rectificación y eliminación de las publicaciones, así como la abstención de emitir información falsa en el futuro.Trámite judicial y decisiones de instancia
El juzgado de primera instancia tuteló los derechos de los funcionarios y ordenó la rectificación de la información, además de la abstención de hostigamiento. No obstante, los administradores impugnaron el fallo argumentando la protección de la libertad de expresión y alegando improcedencia por falta de agotamiento de la vía administrativa para la rectificación. Posteriormente, se inició un incidente de desacato por incumplimiento de la orden judicial, que terminó en sanciones para los administradores por no cumplir con la rectificación en la página original, limitándose a realizarla en una cuenta secundaria con menor alcance.Indebida integración del contradictorio y nulidad del proceso
Durante la revisión en la Corte Constitucional, se constató que en el momento de las publicaciones la administración de la página de Facebook correspondía a cuatro...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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