Consejo de Estado confirma nulidad parcial de sanción por omisión en aportes al sistema de seguridad social
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:4:14
Contexto y antecedentes del caso
La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) impuso una sanción por omisión de aportes al Sistema de Seguridad Social a un comerciante dedicado a la confección de prendas de vestir, correspondiente al año 2014. La sanción inicial fue reducida mediante resolución y posteriormente fue objeto de demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. El comerciante alegó que la sanción vulneraba sus derechos al debido proceso y a la defensa, señalando que no fue notificado con los medios probatorios completos y que, según la legislación aplicable, no estaba obligado a cotizar al sistema como trabajador independiente. También argumentó que sus ingresos y gastos declarados justificaban una base de cotización menor.Decisión en primera instancia y apelación
El Tribunal Administrativo de Norte de Santander accedió parcialmente a las pretensiones del demandante, levantando la sanción por omisión. El tribunal consideró que, aunque el comerciante tenía capacidad de pago y debía afiliarse al sistema, la normativa no mencionaba expresamente a comerciantes y rentistas de capital, motivo que justificaba la exoneración de la multa por error en la interpretación del derecho. La UGPP apeló la decisión, sosteniendo que la obligación de cotizar al Sistema de Seguridad Social para los trabajadores independientes con capacidad de pago, incluyendo comerciantes, estaba claramente establecida en la legislación vigente en 2014, y que el incumplimiento debía ser sancionado.Pronunciamiento del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado analizó la legalidad de la sanción y concluyó que: - El comerciante, por su capacidad de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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