Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en caso de pensión de jubilación
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 13:57:39
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Segunda, admitió el recurso de apelación presentado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) contra la sentencia emitida por el Juzgado Administrativo del Circuito que negó las pretensiones del Departamento de Boyacá – Secretaría de Hacienda, en un caso sobre el reconocimiento de la pensión de jubilación.
La apelación se sustenta en los numerales 3°, 4°, 5° y 6° del artículo 2471 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Este recurso implica que la decisión inicial será revisada por una instancia superior, lo que podría modificar el fallo que previamente había sido desfavorable para la entidad demandante.
Implicaciones de la admisión del recurso
La admisión del recurso de apelación significa que el proceso judicial continuará, permitiendo una revisión más profunda de los argumentos y pruebas presentadas. Este mecanismo es fundamental para garantizar el derecho al debido proceso y la correcta interpretación de las normas aplicables en materia de reconocimiento pensional.
Notificaciones y procedimiento
El Tribunal ordenó que la notificación de esta providencia sea realizada de manera personal al representante del Ministerio Público, conforme a lo establecido en los artículos 198 numeral 33 y 2014 de la Ley 1437 de 2011. Por otra parte, las partes involucradas serán notificadas mediante estado electrónico, asegurando la transparencia y formalidad del proceso.
Este procedimiento se ajusta a las disposiciones del CPACA y garantiza la autenticidad e integridad del expediente, conforme a la normativa vigente sobre notificaciones electrónicas.
Contexto del caso
El litigio tiene como eje central el reconocimiento...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en caso de pensión de jubilación