Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en caso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:22:23
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera Subsección “B”, admitió el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en un proceso de reparación directa contra una sentencia emitida por un juzgado administrativo. La sentencia de primera instancia fue dictada el 21 de febrero de 2025 y notificada por correo electrónico el 25 de febrero del mismo año.
Plazos y procedimiento para la apelación
Según el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, el recurso de apelación contra sentencias de primera instancia debe ser interpuesto y sustentado dentro de los diez días siguientes a su notificación. En este caso, la parte actora presentó el recurso el 10 de marzo de 2025, dentro del plazo legal.
El tribunal recordó que, una vez admitido el recurso, la segunda instancia debe verificar que se cumplan los requisitos legales para la admisión y, en caso de ser procedente, ordenar la práctica de pruebas y conceder término para alegatos. De no ser necesario, el expediente ingresará a despacho para la emisión de la sentencia en segunda instancia dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria del auto que admite el recurso.
Notificación y siguientes pasos
La resolución ordena notificar a las partes involucradas mediante los correos electrónicos registrados, así como al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Posteriormente, el expediente será ingresado nuevamente al despacho para continuar con el trámite correspondiente.
Este pronunciamiento reafirma la importancia del cumplimiento estricto de los plazos procesales en materia administrativa y...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en caso de reparación directa