Tribunal administrativo confirma rechazo de llamamiento en garantía contra póliza de seguro posterior al siniestro
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:15:26
Antecedentes del caso
El proceso se originó por una demanda presentada a través del medio de reparación directa contra la Nación, el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional y el Municipio donde ocurrió un evento público conocido como corraleja. Durante este evento, una persona resultó gravemente lesionada por un toro y falleció posteriormente por las consecuencias del incidente. La demanda solicitaba que se declarara la responsabilidad administrativa y patrimonial de las entidades demandadas, debido a la falta de control, seguridad y atención médica adecuada en el evento.
La administración municipal y la Policía Nacional fueron señaladas por no implementar medidas de seguridad ni prestar asistencia oportuna, lo que agravó la situación.
Llamamiento en garantía y pólizas de seguros
El Municipio realizó un llamamiento en garantía a una compañía aseguradora sobre dos pólizas de responsabilidad civil:
- La primera póliza, vigente al momento del siniestro, fue aceptada como parte del proceso.
- La segunda póliza, expedida posteriormente al evento, fue rechazada inicialmente por el juzgado debido a su vigencia posterior al siniestro.
Ambas pólizas cubren daños personales y patrimoniales causados por hechos accidentales durante el giro normal de las actividades aseguradas, bajo la modalidad de ocurrencia, que limita la cobertura a siniestros ocurridos durante la vigencia del contrato.
Análisis jurídico y decisión del tribunal
El tribunal confirmó que, conforme al artículo 1131 del Código de Comercio, el siniestro se entiende ocurrido en el momento del hecho externo imputable al asegurado, estableciendo el inicio del plazo de prescripción para la víctima. La modalidad de cobertura de ocurrencia implica que el seguro solo cubre eventos que ocurren durante la vigencia de la póliza.
Dado que la póliza en cuestión fue expedida con fecha posterior al siniestro fatal, el tribunal concluyó que esta no ampara la reclamación derivada del evento. Por ello, confirmó la decisión que rechazó el llamamiento en garantía respecto a dicha póliza.
Implicaciones
Esta decisión reafirma la importancia de la vigencia y modalidad de cobertura de las pólizas de seguro en procesos de responsabilidad civil. Para que una aseguradora sea llamada a responder, la póliza debe estar vigente al momento del siniestro y amparar el tipo de riesgo ocurrido.
El fallo también destaca la responsabilidad de las entidades públicas en el control y seguridad de eventos públicos de alta peligrosidad para prevenir daños a terceros.
La decisión aplica desde su notificación y concluye el recurso de apelación presentado contra la providencia de primera instancia.
Esta sentencia es un precedente relevante para procesos administrativos y civiles relacionados con la responsabilidad estatal y la cobertura aseguradora en eventos públicos, estableciendo criterios claros sobre la cobertura de pólizas y la protección de los derechos de las víctimas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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