Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma negación de medidas cautelares en proceso de reparación directa contra empresas de transporte
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:20:51
Contexto del caso
En un proceso de reparación directa iniciado por una usuaria del sistema integrado de movilidad de Bogotá, se busca la declaratoria de responsabilidad patrimonial contra la Alcaldía Mayor y empresas operadoras de transporte público, tras un accidente de tránsito ocurrido en 2017. La demanda fue admitida tras subsanación y se fijaron los términos del litigio, incluyendo la participación de compañías aseguradoras llamadas en garantía.Solicitud y negación de medidas cautelares
La parte actora solicitó medidas cautelares consistentes en el embargo de cuentas bancarias de las empresas demandadas por valores superiores a novecientos millones de pesos, con el fin de asegurar el cumplimiento de una eventual condena. Sin embargo, el juzgado de primera instancia negó esta solicitud, argumentando que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 231 de la Ley 1437 de 2011, en particular, no se demostró que negar la medida fuera más gravoso para el interés público ni que se causaría un perjuicio irremediable.Fundamentos jurídicos y análisis del tribunal
El Tribunal recordó que las medidas cautelares en procesos declarativos, como el de reparación directa, deben tener relación directa y necesaria con las pretensiones de la demanda y que el embargo es una medida propia de procesos ejecutivos, no declarativos. Además, destacó que la presencia de aseguradoras llamadas en garantía representa un respaldo para el cumplimiento de una eventual condena. También señaló que la parte actora no acreditó suficientemente la situación financiera crítica de las empresas demandadas, ya que los documentos aportados no hacen parte del expediente y no fue posible realizar una valoración probatoria sobre dicho aspecto.Conclusiones y efectos
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