Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca rechazo de demanda por caducidad en caso de reparación directa contra Policía Nacional
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:15:39
Antecedentes del caso y decisión inicial
Un miembro activo de la Policía Nacional presentó demanda contenciosa administrativa por reparación directa contra la Nación - Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional, debido a perjuicios materiales y morales derivados de amenazas y ataques sufridos por su denuncia de actividades ilícitas de grupos criminales. Tras varios hechos de violencia y amenazas continuas, solicitó protección y finalmente se retiró del servicio activo.
El Juzgado Treinta y Siete Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá rechazó la demanda por haber operado el fenómeno jurídico de la caducidad, al considerar que el término de dos años para presentar la demanda comenzó a contarse desde el primer hecho denunciado, excediéndose el plazo legal.
Fundamentos jurídicos y recurso de apelación
El tribunal de primera instancia sostuvo que la demanda fue presentada fuera del término legal de caducidad previsto en el artículo 164 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece un término de dos años para la acción de reparación directa, contado a partir del día siguiente a la ocurrencia del hecho generador del daño o del conocimiento del mismo.
Sin embargo, el representante de la parte demandante argumentó que el daño era de carácter continuado, por lo que el término de caducidad debía contarse desde la última amenaza y no desde la primera, alegando que las conductas que generaron el daño fueron sucesivas y prolongadas en el tiempo.
Decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
En segunda instancia, el Tribunal Administrativo recordó que la caducidad es una institución de orden público que limita en el tiempo la posibilidad de...
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