El tribunal administrativo confirma la negativa a práctica de dictamen pericial en proceso contra la superintendencia nacional de salud
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:15:48
Antecedentes del caso
El proceso se inició mediante un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por una entidad promotora de salud contra la Superintendencia Nacional de Salud y la ADRES. En la audiencia inicial, el juzgado de primera instancia resolvió negar la solicitud de práctica de prueba pericial, argumentando que no se establecía un objeto específico para el dictamen y que la cuestión planteada era un asunto jurídico que el juez debía resolver directamente. La parte demandante interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, solicitando que se ordenara la práctica del dictamen pericial a cargo de un profesional experto en auditoría en salud. Este dictamen debía pronunciarse sobre la existencia de la obligación de reintegrar recursos y sobre el procedimiento de auditoría que motivó la controversia.Consideraciones jurídicas
El tribunal recordó que, según el Código General del Proceso, la prueba pericial es procedente únicamente para verificar hechos que requieran conocimientos científicos, técnicos o artísticos especializados. No son admisibles dictámenes periciales que versen sobre puntos de derecho, pues esta es una labor interpretativa del juez. Se destacó que la jurisprudencia ha señalado que el dictamen pericial es un mecanismo auxiliar para complementar conocimientos técnicos que el juez no posee, pero si la cuestión puede ser resuelta mediante el análisis de pruebas documentales y legales, la experticia resulta improcedente. En este caso, el tribunal concluyó que la determinación sobre la procedencia del reintegro de recursos es un asunto de puro derecho, y que la práctica del dictamen pericial no es necesaria. Además, se consideró que la parte demandante no actuó con la debida...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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