Tribunal Administrativo declara nulidad de sentencia por falta de competencia funcional
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:17:26
Antecedentes del caso
El caso surge a partir de una demanda presentada contra una entidad pública de acueducto y alcantarillado, en la que se solicitaba la nulidad de actos administrativos disciplinarios que impusieron sanciones de destitución e inhabilidad general a un servidor público vinculado mediante contrato laboral a término fijo. La primera instancia fue conocida por un juzgado administrativo, que negó las pretensiones de la demanda. Sin embargo, se advirtió la existencia de vicios procesales relacionados con la competencia funcional del juzgado.Marco normativo y fundamentos jurídicos
La Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA) establece en los artículos 207 y 208 las causales y procedimientos para declarar nulidades dentro de los procesos administrativos. Además, el artículo 16 del Código General del Proceso (CGP) dispone que la jurisdicción y competencia por factores subjetivo y funcional son improrrogables, lo que implica que la falta de competencia en estos aspectos genera nulidad insanable. La Corte Constitucional, en la sentencia C-537 de 2016, confirmó la exequibilidad de estas disposiciones y explicó que la nulidad por falta de competencia funcional debe ser declarada de oficio o a petición de parte, y que lo actuado con anterioridad a la declaratoria conserva validez, salvo la sentencia que será nula.Competencia y cambio normativo relevante
La Ley 2080 de 2021 reformó la competencia de los tribunales administrativos, asignándoles en primera instancia el conocimiento de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos disciplinarios que impongan sanciones como destitución e inhabilidad general, sin importar la cuantía. Esta reforma entró en vigencia para demandas presentadas a...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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