Tribunal Administrativo confirma rechazo de demanda por caducidad en caso de supervisión de sociedad anónima
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 13:57:55
Antecedentes del caso
Una sociedad anónima constituida en Bogotá y vigilada desde 2008 por irregularidades comenzó a realizar actividades no autorizadas como factoring, que implican captación de dinero del público y requieren regulación especial. A pesar de requerimientos para presentar información financiera completa en varios años, la empresa no cumplió y se evidenciaron desfases financieros. Además, una visita de inspección en 2014 confirmó que la sociedad incumplía su objeto social sin que las entidades de control adoptaran medidas efectivas. La demanda fue presentada mediante reparación directa contra las Superintendencias, alegando que estas omitieron sus deberes de inspección, control y vigilancia, provocando daños económicos a los inversionistas, quienes perdieron aproximadamente 930 millones de pesos.Decisión judicial y análisis jurídico
El Juzgado Administrativo de primera instancia rechazó la demanda argumentando que el término legal para presentar la acción —de dos años desde la ocurrencia de la acción u omisión causante del daño o desde que el demandante tuvo conocimiento del mismo— había expirado. El hecho dañoso se ubicó en 2016, por lo que el plazo para presentar la demanda terminó en 2018 o, en una interpretación más favorable, en 2019. Sin embargo, la demanda fue presentada en 2023, fuera del término legal. El recurso de apelación fue concedido en efecto suspensivo para revisar esta decisión. Tras analizar el caso, la Sala Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó el rechazo de la demanda por caducidad, señalando que la fecha para iniciar el cómputo del término fue el 1 de septiembre de 2016, cuando se ordenó la liquidación judicial de la sociedad. Por tanto, la presentación de la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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