Tribunal administrativo de Cundinamarca revoca decisión sobre prueba en proceso contra exgerentes de la EAAB
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:4:42
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analiza un proceso de repetición instaurado por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAAB) contra varios exgerentes de la entidad, a quienes se les atribuye responsabilidad patrimonial por perjuicios económicos derivados del incumplimiento de un contrato de obra modalidad llave en mano para la construcción y puesta en operación de un túnel para el sistema de alcantarillado troncal.
Decisión inicial y recursos presentados
En la audiencia inicial celebrada el 7 de mayo de 2025, el despacho judicial adoptó una decisión de saneamiento que declaró extemporáneo el pronunciamiento de la EAAB frente al traslado de excepciones formuladas por dos de los demandados, lo que llevó a negar la práctica del interrogatorio de parte solicitado para estos. Sin embargo, la solicitud de interrogatorio para otros tres demandados fue aceptada al considerarse oportuna.
La Empresa demandante presentó recurso de reposición y en subsidio apelación contra esta decisión, argumentando que el pronunciamiento que descorría el traslado de las excepciones fue realizado dentro del término legal de tres días posteriores a la notificación, la cual se surtió mediante fijación en lista electrónica el 10 de septiembre de 2024.
Análisis y decisión del tribunal
Tras analizar el marco normativo aplicable, en especial el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Código General del Proceso (CGP), el despacho concluyó que la fijación del traslado de las excepciones se realizó efectivamente el 10 de septiembre de 2024, por lo que el término para pronunciarse vencía el 13 de septiembre de 2024. En este contexto, la solicitud de la EAAB del 13 de septiembre fue oportuna.
El tribunal destacó que, para garantizar los derechos de defensa y contradicción, así como el acceso a la administración de justicia, era procedente dejar sin efectos la decisión previa que declaró extemporáneo el pronunciamiento de la EAAB. En consecuencia, repuso la decisión que negó el interrogatorio de parte, ordenando su decreto y práctica en relación con los demandados para quienes inicialmente se había negado.
Próximos pasos en el proceso
Finalmente, el tribunal fijó para los días 4 y 5 de junio de 2025 la audiencia de pruebas, que se realizará de manera virtual, e instó a los apoderados de los demandados a comunicarles el decreto de la prueba para que asistan a la diligencia.
Este pronunciamiento reafirma la importancia del respeto a los términos procesales y garantiza el derecho a la prueba dentro del debido proceso en los procedimientos administrativos y judiciales. Además, puntualiza los criterios sobre la notificación y cómputo de términos cuando se utilizan medios electrónicos, aspecto relevante en la administración de justicia contemporánea.
Con esta decisión, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca asegura que se respete el derecho a la defensa y se dé continuidad al proceso con todas las garantías legales, fortaleciendo la transparencia y la justicia en el manejo de los recursos públicos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal administrativo de Cundinamarca revoca decisión sobre prueba en proceso contra exgerentes de la EAAB