Tribunal Administrativo vincula como litisconsorte al representante legal en proceso contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:10:22
Contexto del proceso y solicitud de intervención
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció una demanda interpuesta por una concesionaria en liquidación judicial contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La demanda buscaba la nulidad de dos resoluciones sancionatorias por no presentar la declaración de retención en la fuente correspondiente a febrero de 2019, así como el restablecimiento del derecho y la declaración de la no sujeción a la sanción. Además, se cuestionó la conducta de la DIAN en la graduación de créditos y se solicitó la condena en costas. Durante el trámite, el representante legal principal de la sociedad en el periodo en cuestión solicitó intervenir como litisconsorte cuasinecesario, argumentando que había sido vinculado como deudor subsidiario en la actuación administrativa sancionatoria y que tenía interés directo en la legalidad de los actos impugnados.Fundamento jurídico para la vinculación como litisconsorte
El Tribunal recordó que el artículo 62 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CGP), aplicable por remisión, establece que pueden intervenir en un proceso como litisconsortes cuasinecesarios quienes tengan una relación sustancial que extienda los efectos jurídicos de la sentencia y que estén legitimados para demandar o ser demandados. Estos pueden solicitar pruebas antes de que sean decretadas y toman el proceso en el estado en que se encuentran al momento de su intervención. La jurisprudencia del Consejo de Estado ha señalado que este tipo de litisconsorcio es procedente cuando una persona tiene una legitimación material para intervenir y la sentencia puede afectar sus derechos, incluso aunque no haya actuado en primera instancia.Aplicación al caso concreto
En el proceso...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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