Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara falta de competencia en proceso contra Ministerio de Salud
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:9:58
Antecedentes y demanda
El 13 de enero de 2025, una Entidad Promotora de Salud (EPS) presentó demanda contra el Ministerio de Salud y Protección Social, solicitando la nulidad de dos resoluciones que reconocen el ajuste del valor del presupuesto máximo para la vigencia 2022. La demanda alega que dichos actos administrativos fueron expedidos con falsa motivación y reclama el pago de una suma adicional que correspondería a la diferencia entre el valor ejecutado y el reconocido oficialmente. También se solicita el reconocimiento de indexación por pérdida del poder adquisitivo y el pago de costas.Competencia y traslado del proceso
Inicialmente, el asunto fue asignado a la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sin embargo, mediante auto se declaró la falta de competencia funcional y se remitió el expediente a la Sección Cuarta, dado que la controversia estaría relacionada con contribuciones parafiscales y el mecanismo de financiación denominado “presupuesto máximo”, materias atribuidas a esta última sección según el artículo 18 del Decreto 2288 de 1989. No obstante, la Subsección A de la Sección Cuarta concluyó que el debate no versa sobre impuestos, tasas o contribuciones, sino sobre la legalidad del acto administrativo que fija el presupuesto máximo. Por ello, determinó que la competencia objetiva corresponde a la Sección Primera, que conoce los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que no están asignados a otras secciones.Fundamentos jurídicos y resolución
El tribunal recordó que la competencia es improrrogable y que la falta de competencia funcional o subjetiva debe declararse mediante auto con remisión inmediata al juez competente, conservando validez lo actuado hasta ese momento salvo sentencia....Más noticias sobre Derecho Administrativo
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