Tribunales administrativos declaran incompetencia por cuantía en caso de liquidación arancelaria
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:9:48
Contexto y competencia en primera instancia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció una demanda contra la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE DIAN), que buscaba la nulidad de dos resoluciones relacionadas con la negación de una solicitud de liquidación oficial de corrección y el recurso de reconsideración contra dicha decisión.
El análisis de competencia se basó en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece que los tribunales administrativos conocen asuntos tributarios cuya cuantía supera los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En contraste, los juzgados administrativos conocen asuntos de cuantía inferior a ese monto.
Cuantía y competencia territorial
Aunque la demanda estimó una cuantía superior a los 3.500 millones de pesos, los actos administrativos en cuestión fijaron el valor en discusión en aproximadamente 27 millones de pesos. Dado que el salario mínimo legal mensual vigente en 2025 es de $1.423.500, el umbral para competencia de tribunales asciende a $711.750.000, cifra que no se alcanza en este caso.
Por ello, la competencia para conocer del proceso en primera instancia corresponde a los juzgados administrativos del circuito judicial de Bogotá.
En cuanto a la competencia territorial, el CPACA indica que para controversias sobre impuestos y contribuciones, esta se determina por el lugar donde se presentó o debió presentarse la declaración, o en su defecto, donde se practicó la liquidación. En este caso, el acto administrativo controvertido corresponde a la dirección seccional de aduanas de Bogotá, por lo que el proceso debe tramitarse en esta jurisdicción.
Conclusiones y trámite
El Tribunal Administrativo declaró su falta de competencia por cuantía...
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