Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra artículo 71 del Acuerdo Municipal de Chía
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:9:44
Antecedentes y objeto de la demanda
La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en contra del municipio de Chía. Se impugna el artículo 71 del Acuerdo Municipal No. 107 de 2016, mediante el cual se expidió el estatuto de rentas, se adicionó el procedimiento tributario y el régimen de sanciones para dicho municipio.
Procedimiento procesal
Inicialmente, el juzgado administrativo de Zipaquirá inadmitió la demanda por falta de requisitos formales, pero tras la subsanación presentada por la parte demandante, se admitió la demanda. Posteriormente, la parte demandada contestó la demanda y presentó excepciones previas, las cuales fueron valoradas y declaradas no probadas por el juzgado.
Sin embargo, el juzgado decidió reponer una providencia anterior y declaró su falta de competencia, remitiendo el caso a la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que asumió el conocimiento del proceso.
Implicaciones y próximos pasos
Con la admisión de la demanda, se ordenó la notificación personal al representante legal del municipio de Chía y al Ministerio Público, para que ejerzan su derecho a intervenir en el proceso. Además, se estableció un término de treinta días para que el demandado y el Ministerio Público presenten sus alegatos.
Este proceso reviste importancia porque cuestiona disposiciones que regulan el régimen tributario local y el estatuto de rentas, con posibles efectos en la aplicación de sanciones y procedimientos tributarios en el municipio de Chía.
Conclusión
La admisión de la demanda marca el inicio formal de un proceso judicial que podría modificar aspectos clave del régimen tributario...
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