Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena dictamen pericial en caso de reparación de perjuicios
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 13:59:52
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera – Subsección C, emitió una resolución relevante en el proceso sobre reparación de perjuicios causados a un grupo de propietarios contra una constructora y otros accionados. Mediante auto del 18 de diciembre de 2024, se había dispuesto el cierre del periodo probatorio, lo que fue impugnado oportunamente mediante recurso de reposición por parte de ambas partes involucradas.
El motivo principal del recurso fue la revocatoria por parte del Consejo de Estado de la decisión previa que negaba el decreto de un dictamen pericial solicitado por los actores. En consecuencia, el Tribunal resolvió que no era procedente cerrar el periodo probatorio antes de practicar este dictamen.
Decreto del dictamen pericial y sus implicaciones
El Tribunal ordenó cumplir con la providencia del Consejo de Estado y decretó la realización del dictamen pericial solicitado, el cual tiene como finalidad diagnosticar con soporte técnico la naturaleza de los daños recientes, establecer su causalidad y proponer las medidas de rehabilitación necesarias para superar las afectaciones en las áreas comunes.
Para este propósito, se concedió un término de 30 días hábiles para que se allegue el dictamen pericial a partir de la notificación de la providencia. Una vez presentado, el expediente continuará su trámite habitual ante el Despacho correspondiente.
Impacto en el proceso y próximos pasos
Esta decisión implica una extensión del periodo probatorio y garantiza la incorporación de pruebas técnicas esenciales para la resolución del caso. El dictamen pericial permitirá a las partes y al tribunal contar con un análisis detallado de los daños y sus causas, lo que facilitará una decisión más informada...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.