Tribunal Administrativo de Cundinamarca aplica doctrina del acto aclarado en caso de nulidad relativa de marca
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:0:20
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante sentencia anticipada conforme al artículo 182A del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), conoció una demanda interpuesta contra la Superintendencia de Industria y Comercio. El caso versa sobre la nulidad y restablecimiento del derecho frente a las resoluciones que negaron el registro de la marca “Bellavik Cosmetics” en la clase 3 de la Clasificación Internacional de Niza, que abarca productos cosméticos y de perfumería.
Sentencia anticipada y economía procesal
La figura de la sentencia anticipada, incorporada en el CPACA y modificada por la Ley 2080 de 2021, permite al juez dictar fallo sin agotar todas las etapas procesales cuando se cumplen ciertas condiciones, como tratarse de asuntos de puro derecho y no requerir práctica de pruebas. En este caso, ambas partes solo aportaron pruebas documentales sin objeciones, lo que justificó la aplicación de esta figura para agilizar el proceso, en atención a los principios de economía procesal y celeridad.
Doctrina del acto aclarado en interpretación prejudicial
Respecto a la solicitud de interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), el tribunal aplicó la doctrina del acto aclarado, que establece que cuando el TJCA ya ha interpretado previamente una norma del derecho comunitario andino, no es necesario solicitar nueva interpretación salvo que existan circunstancias nuevas. Esta doctrina busca garantizar seguridad jurídica y coherencia en la aplicación del derecho andino.
El TJCA ha reconocido esta doctrina y ha implementado la “regla de los cuatro pasos” para su aplicación, la cual fue adoptada mediante Acuerdo 06/2023/TJCA. Esta regla establece criterios para determinar cuándo procede...
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