Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza demanda por nulidad absoluta en propiedad industrial
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:2:4
Antecedentes del caso
La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, dirigido contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El objeto era obtener la nulidad absoluta de una resolución que concedió el registro de una marca para servicios de restauración y hospedaje temporal, con vigencia inicialmente de diez años y renovación posterior hasta 2026.
Sin embargo, mediante providencia de octubre de 2024, el despacho judicial inadmitió la demanda debido a incumplimientos procesales importantes. Entre ellos, se requería vincular como tercero con interés a la sociedad titular del registro marcario, acreditar la representación legal de dicha sociedad y probar el envío formal de la demanda a las partes involucradas.
Fundamentos jurídicos y decisión
El Tribunal recordó que, conforme al artículo 169 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), la demanda debe ser rechazada cuando, habiendo sido inadmitida, no se subsane dentro del término legal. En este caso, el término de diez días para corregir la demanda feneció sin pronunciamiento ni presentación de los documentos requeridos.
También se resaltó la competencia de la Subsección para dictar la providencia de rechazo, de acuerdo con las normas sobre competencia judicial en procesos de primera instancia.
Implicaciones y cierre del proceso
Con base en estas consideraciones, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Esta decisión ratifica la importancia de cumplir rigurosamente con los requisitos formales y procesales en los medios de control judiciales, especialmente en materia de propiedad industrial.
La providencia fue firmada electrónicamente por los...
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