Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite coadyuvancia de universidad en acción popular
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:2:27
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en una decisión reciente, resolvió admitir la solicitud de coadyuvancia presentada por el Grupo de Clínica Jurídica del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de una universidad, para sumarse como parte coadyuvante en un proceso de acción popular que involucra al Ministerio de Cultura y otras entidades. La decisión se fundamenta en el artículo 24 de la Ley 472 de 1998, que regula el ejercicio de las acciones populares y de grupo.
¿Qué es la coadyuvancia y cómo opera?
La coadyuvancia permite que cualquier persona natural o jurídica participe en apoyo de una de las partes en un proceso judicial antes de que se profiera el fallo de primera instancia. En este caso, la universidad actúa como coadyuvante, es decir, como un interviniente accesoria que contribuye a la defensa de los derechos colectivos invocados por los accionantes, sin presentar nuevas demandas o pretensiones propias. El Tribunal destacó que esta figura es distinta a la intervención convencional en procesos civiles, pues el interés subyacente es eminentemente público. Además, el coadyuvante puede reforzar argumentos, solicitar pruebas y participar activamente en el proceso, pero no puede modificar ni ampliar el objeto del litigio.Implicaciones de la admisión de la coadyuvancia
La aceptación de la coadyuvancia implica que la universidad podrá acompañar y apoyar las actuaciones futuras dentro del proceso, aportando sustento técnico y jurídico en defensa de los derechos e intereses colectivos. Esto fortalece la participación institucional de entidades académicas en la protección del interés público y en la vigilancia del cumplimiento de las normas. El pronunciamiento también reafirma el marco legal establecido para...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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