Tribunal administrativo inadmite demanda de EPS por defectos formales en reclamaciones a ADRES
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:24:12
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en una providencia fechada el 8 de mayo de 2025, inadmitió la demanda interpuesta por una entidad promotora de salud contra la ADRES, por errores formales en la adecuación del escrito de demanda conforme al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho establecido en el artículo 138 de la Ley 1437 de 2011.
Defectos en la demanda y correcciones solicitadas
El tribunal señaló que, aunque se presentaron catorce comunicaciones cuya nulidad parcial se solicitaba por reclamaciones relacionadas con tratamientos y tecnologías en salud no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), no se identificó claramente el valor reclamado para cada comunicación. Esta falta impide la correcta estimación de la cuantía, que debe efectuarse de forma individual para cada pretensión económica. En consecuencia, se requirió a la entidad demandante corregir estos aspectos, advirtiendo que de no hacerlo dentro del término de diez días contados desde la notificación, la demanda podría ser rechazada.Designación de nuevo apoderado
Además, el tribunal aceptó la renuncia presentada por el apoderado judicial anterior y solicitó a la entidad promotora de salud designar un nuevo representante legal para continuar con el proceso.Implicaciones y próximos pasos
Esta providencia resalta la importancia de cumplir con los requisitos formales en la presentación de demandas ante la jurisdicción administrativa, especialmente en procesos que involucran reclamaciones económicas específicas. La adecuada identificación de cada pretensión y su cuantía es esencial para el correcto trámite y admisión de la demanda. La entidad demandante cuenta ahora con un plazo limitado para subsanar los defectos señalados, presentar nuevamente el escrito corregido y designar nuevo...Más noticias sobre Salud
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