No se revoca sanción por recusación temeraria en proceso ambiental sobre proyecto de metro
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:26:44
El tribunal resolvió el recurso de reposición interpuesto contra el auto que declaró infundada una recusación y que impuso una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente por actuar de manera temeraria. La recusación fue presentada contra un magistrado que conoce varios procesos relacionados con asuntos ambientales vinculados al desarrollo del proyecto de la primera línea del metro.
El accionante argumentó un posible conflicto de intereses que podría generar un sesgo en la valoración de pruebas y la interpretación de la ley. Sin embargo, el tribunal encontró que no se aportaron evidencias concretas ni razones suficientes para justificar la recusación. Se consideró que las manifestaciones del accionante carecían de soporte fáctico y jurídico, lo que motivó la imposición de la sanción conforme al artículo 132.7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Análisis de la Sala Dual
En su análisis, la Sala Dual aclaró que la sanción no se impuso por error en la invocación de causales legales, sino por la falta de sustentación que demostrara un interés directo del magistrado en el proceso. Además, indicó que las suposiciones sobre un posible sesgo sin argumentos sólidos constituyen una conducta temeraria, generando trámites procesales adicionales que obstaculizan el avance de la acción constitucional. Respecto al monto de la multa, el tribunal señaló que se impuso un valor inferior al rango previsto legalmente, considerando precedentes en casos similares. Finalmente, dado que el recurso de reposición no desvirtuó los fundamentos que motivaron la sanción, la decisión de imponer la multa fue confirmada y no procede recurso contra esta providencia.Implicaciones de la...
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