Tribunal administrativo inadmite demanda contra resoluciones del Ministerio de Salud sobre presupuesto máximo a EPS
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:0:4
Antecedentes y resolución del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su sección primera subsección “A”, analizó una demanda interpuesta por una Entidad Promotora de Salud (EPS) en contra del Ministerio de Salud y Protección Social y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). La demanda buscaba declarar la nulidad de tres resoluciones expedidas en 2024 que reconocen el presupuesto máximo a transferir a la EPS para diferentes bimestres del año, así como el pago de perjuicios derivados del déficit generado por dichos presupuestos.
El tribunal observó que las resoluciones impugnadas son tres actos administrativos distintos, por lo que la demanda debía ser escindida para que cada una se refiriera a una sola resolución. Esta exigencia está fundamentada en el artículo 163 de la Ley 1437 de 2011, que establece la necesidad de individualizar los actos administrativos en las demandas y los recursos procedentes.
Requisitos procesales y correcciones solicitadas
Además de la escisión de la demanda, el tribunal señaló que la parte demandada incluye a la ADRES, entidad que no expidió las resoluciones impugnadas, por lo cual debe ser excluida de la demanda para evitar imposibilidades procesales. También se indicó la necesidad de corregir el poder otorgado para que especifique claramente los actos y asuntos objeto de la demanda, conforme al artículo 74 del Código General del Proceso.
Por estas razones, el tribunal inadmitió la demanda y otorgó un término de diez días para que la parte actora presente las demandas corregidas, cumpliendo con los requisitos de procedibilidad, oportunidad, presentación y contenido exigidos por la ley.
Implicaciones y próximos...
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