Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra el Instituto Colombiano Agropecuario
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra el Instituto Colombiano Agropecuario
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:27:13
El pasado 20 de mayo de 2025, la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un auto interlocutorio mediante el cual se admitió la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por una empresa productora de vacunas contra la fiebre aftosa, en contra del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). La demanda cuestiona las resoluciones Nos. 9831 y 11931, expedidas en agosto y septiembre de 2024 respectivamente, que rechazaron la comercialización y ordenaron la destrucción de los lotes 185 y 186 de la vacuna Aftolimor.
Contexto y competencia
El Tribunal estableció que tiene competencia para conocer el proceso conforme a los artículos 152.2, 157 y 162.6 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), debido a que se impugna la legalidad de actos administrativos emitidos por una entidad pública nacional y la cuantía supera los 500 salarios mínimos legales vigentes. Los perjuicios reclamados ascienden a más de seis mil cuatrocientos millones de pesos, correspondientes a costos de producción y utilidades dejadas de percibir por la falta de comercialización.
Requisitos y procedibilidad
Se verificó el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, incluyendo la realización del trámite de conciliación prejudicial ante la Procuraduría Judicial para Asuntos Administrativos. Además, se confirmó la imposibilidad de interponer recursos contra las resoluciones debido a que son medidas sanitarias de aplicación inmediata.
Oportunidad y formalidades
La demanda fue presentada dentro del término legal de cuatro meses contado desde la notificación de las resoluciones, considerando la suspensión del término por el trámite conciliatorio. El Tribunal también constató la legitimación de las partes y la adecuada representación procesal, así como el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por el CPACA en cuanto a la presentación de la demanda.
Decisión y próximos pasos
En consecuencia, el Tribunal admitió la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho y otorgó un plazo de 30 días para que el Instituto Colombiano Agropecuario responda, proponga excepciones y solicite pruebas. Además, se ordenó notificar a las partes involucradas y se recordó la obligación de presentar el expediente administrativo digitalizado conforme a los protocolos vigentes, advirtiendo que su incumplimiento puede constituir falta disciplinaria.
Este pronunciamiento marca el inicio de un proceso judicial que analizará la legalidad de las medidas sanitarias adoptadas por el ICA y sus efectos en la comercialización de vacunas contra la fiebre aftosa en Colombia. El desarrollo del caso será seguido de cerca por el sector agropecuario, dado que la decisión final podría sentar un precedente importante en la regulación y control sanitario de productos veterinarios en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.