Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso por competencia en demanda contra UAESP
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 16:36:15
Antecedentes del caso
La demanda fue presentada mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitando la nulidad de dos autos administrativos emitidos en el marco de un proceso de cobro coactivo promovido por la UAESP contra ENEL Colombia S.A. E.S.P. Los autos cuestionados incluyen la liquidación del crédito y la resolución de objeciones a dicha liquidación. Entre las pretensiones de la demanda se encuentran: declarar la nulidad de los actos administrativos, la pérdida de fuerza ejecutoria dentro del procedimiento, ordenar la liquidación adecuada de la obligación conforme a la realidad de los hechos y la normativa aplicable, reembolsar sumas pagadas en exceso, y condenar a la UAESP al pago de costas procesales.Competencia y remisión del proceso
El Tribunal, al analizar el caso, recordó que el artículo 18 del Decreto Ley 2288 de 1989 establece las atribuciones por especialidad de cada Sección del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La Sección Primera conoce de nulidad y restablecimiento del derecho en asuntos no asignados a otras Secciones, mientras que la Sección Cuarta es competente para procesos relacionados con impuestos, tasas, contribuciones y jurisdicción coactiva. Dado que el proceso de cobro coactivo en cuestión supera los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes para 2025, y conforme al artículo 152 de la Ley 1437 de 2011 modificado por la Ley 2080 de 2021, la competencia corresponde a la Sección Cuarta. El artículo 168 de la Ley 1437 de 2011 establece que, en caso de falta de jurisdicción o competencia, el juez debe remitir el expediente a la autoridad competente. Por ello, la Sección Primera declaró su falta...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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