Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda contra Secretaría de Movilidad de Bogotá
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:55:26
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera – Subsección C, despacho 007, dictó una providencia el 15 de mayo de 2025 en la cual inadmitió una demanda presentada contra la Secretaría de Movilidad del Distrito Capital de Bogotá. La inadmisión se fundamenta en el incumplimiento de los requisitos formales exigidos para este tipo de procesos, según el artículo 170 del CPACA.
Requisitos formales no cumplidos
Entre las principales observaciones señaladas por el Tribunal se destacan: - La demanda fue interpuesta bajo el medio de control de nulidad simple, lo cual no corresponde con las pretensiones formuladas, ya que la nulidad del acto acusado implica un restablecimiento de derechos concretos y, por tanto, debería haberse elegido el medio de nulidad y restablecimiento del derecho. - Falta la estimación razonada de la cuantía del proceso. - No se aportaron copias de los actos administrativos demandados con las constancias de notificación, publicación o ejecución correspondientes, conforme al artículo 166 del CPACA. - No se demostró que se ejercieron y decidieron los recursos administrativos previos necesarios contra el acto impugnado, requisito previsto en el artículo 161 del CPACA. - La demanda carece de una exposición puntual de las normas presuntamente vulneradas y del concepto de violación, limitándose a una mención genérica. - No se adjuntó el poder otorgado a un abogado para representar al demandante en el proceso, conforme al artículo 160 de la Ley 1437 de 2011. - No se acreditó el agotamiento del requisito de procedibilidad antes de presentar la demanda.Plazo para subsanar y procedimiento a seguir
En consecuencia, el Tribunal concedió un término legal de diez (10) días, contados a partir...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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