Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite acción popular contra superintendencias financieras
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:47:32
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera - Subsección C, negó la admisión de una acción popular presentada contra la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Economía Solidaria. La demanda solicitaba que ambas entidades adoptaran un sistema de información para verificar, controlar y retener el gravamen a los movimientos financieros, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 2277 de 2022, que modificó el artículo 881-1 del Estatuto Tributario.
Contexto y objeto de la demanda
La acción popular buscaba amparar los derechos colectivos de los consumidores financieros debido a la presunta falta de implementación del sistema por parte de las entidades vigiladas, a pesar de haberse cumplido el plazo de dos años establecido para la adopción de dicho sistema. Se solicitaba además la coordinación entre las superintendencias y las entidades bajo su inspección para garantizar el cumplimiento de esta obligación.Motivos de inadmisión
El Tribunal encontró que la demanda no cumplía con el requisito de procedibilidad previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Este requisito establece que antes de presentar una demanda para la protección de derechos colectivos, el demandante debe solicitar a la autoridad administrativa que adopte las medidas necesarias para proteger el derecho o interés colectivo amenazado o violado. En este caso, no se acreditó que se hubiera realizado dicha solicitud previa ni que existiera un perjuicio irremediable que justificara la omisión de este requisito. El Tribunal reiteró la jurisprudencia del Consejo de Estado, la cual exige que la reclamación previa sea cumplida salvo en situaciones donde haya un...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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