Tribunal administrativo niega medida cautelar de urgencia en caso de extradición
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:47:25
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera, Subsección B, resolvió una solicitud de medida cautelar de urgencia interpuesta en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho relacionado con actos administrativos del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Antecedentes del caso
La demanda se presentó contra dos resoluciones ejecutivas que concedían la extradición de un ciudadano. Se solicitó, simultáneamente, la suspensión provisional de los efectos de estos actos administrativos, argumentando la necesidad de evitar daños graves e irreparables.
Sin embargo, inicialmente, la demanda fue inadmitida para que se corrigieran falencias como la precisión de las pretensiones, la estimación de la cuantía en caso de perjuicios económicos, la explicación clara de la supuesta violación normativa y la presentación de copia de la notificación o ejecución de los actos administrativos cuestionados.
Fundamentos jurídicos para la decisión
El magistrado ponente recordó que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (C.P.A.C.A.) establece que las medidas cautelares de urgencia pueden adoptarse sin notificación previa a la otra parte únicamente cuando se evidencie la urgencia y se cumplan los requisitos legales para su procedencia.
Asimismo, se enfatizó que corresponde al solicitante demostrar claramente la urgencia para justificar la omisión del trámite ordinario de traslado a la contraparte. Este requisito es esencial para la protección provisional del derecho y la efectividad del proceso.
Evaluación del caso concreto
En el análisis del caso, el Tribunal constató que la solicitud de medida cautelar no aportó pruebas sumarias que demostraran la urgencia alegada. La petición se limitó a manifestar la necesidad de la medida sin fundamentar suficientemente la existencia de un daño inminente...
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