Tribunal administrativo inadmite demanda por defectos formales en caso de extradición
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 15:47:30
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su sección primera subsección B, inadmitió una demanda interpuesta a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra dos resoluciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en calidad de Secretario General encargado del Ministerio de Justicia y del Derecho. Las resoluciones en cuestión autorizaban la extradición solicitada por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida.
Motivos de la inadmisión
El motivo de la inadmisión se fundamenta en que la demanda no cumplió con los requisitos esenciales para su admisión, entre ellos: - Precisión e individualización de las pretensiones: la demanda no especificó claramente los perjuicios que se alegan, incumpliendo el numeral 2° del artículo 162 de la Ley 1437 de 2011. - Estimación razonada de la cuantía: en caso de perjuicios económicos, se debe valorar y justificar la cuantía conforme al numeral 6° del artículo 162 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (C.P.A.C.A.). - Acreditación del agotamiento de conciliación extrajudicial: requisito previsto en el numeral 1° del artículo 161 de la Ley 1437 de 2011. - Claridad sobre la violación normativa alegada: se requiere explicar con precisión qué normas se consideran transgredidas, conforme al inciso 2° del artículo 137 y al numeral 4° del artículo 162 del C.P.A.C.A. - Aportar constancias de notificación o ejecución de los actos administrativos demandados, según lo exigido en el numeral 1° del artículo 166 de la Ley 1437 de 2011.Plazos y recomendaciones del tribunal
El tribunal otorgó un plazo de diez días para que el actor corrija estos aspectos,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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