Tribunal administrativo inadmite demanda por defectos formales en proceso contra fallo de responsabilidad fiscal
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:11:27
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sesión del 19 de mayo de 2025, inadmitió una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho previsto en el artículo 138 de la Ley 1437 de 2011 contra la Contraloría General de la República. La demanda buscaba anular un auto que confirmaba un fallo de responsabilidad fiscal y solicitaba, además, la reparación de perjuicios materiales y morales por un monto cercano a los 1.878 millones de pesos.
Motivos de la inadmisión
El tribunal identificó dos defectos fundamentales en la demanda que impidieron su admisión: - Falta de constancia de notificación: Según el numeral 1 del artículo 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es indispensable aportar la constancia de notificación del acto administrativo cuya nulidad se pretende. En este caso, la parte actora no presentó dicha constancia. - No acreditación del envío simultáneo de la demanda a la parte demandada: Conforme al numeral 8 del artículo 162 del mismo Código y al inciso 5 del artículo 6 de la Ley 2213 de 2022, el demandante debe enviar por vía electrónica copia de la demanda y sus anexos a la parte demandada al momento de su presentación. Este requisito no fue acreditado en el expediente.Contexto jurídico y jurisprudencial
El Tribunal recordó que la Corte Constitucional ha declarado la constitucionalidad condicional de esta obligación, exceptuando su aplicación en procesos de acción de tutela, dada la informalidad y celeridad que caracterizan este mecanismo. Esta interpretación busca evitar barreras al acceso a la justicia en materia de tutela, pero mantiene la exigencia...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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