Tribunal administrativo de Cundinamarca resuelve excepciones previas en caso de incompatibilidad pensional
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:2:52
Contexto y antecedentes del caso
El proceso judicial se centra en la controversia sobre la compatibilidad o incompatibilidad de pensiones de vejez otorgadas por la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES – y la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP. El demandado, quien reclama la protección de sus derechos adquiridos, fue representado legalmente y planteó diversas excepciones previas para evitar la prosperidad de las pretensiones en su contra. Por su parte, la UGPP, entidad vinculada al proceso, también formuló excepciones, incluyendo la falta de legitimación en la causa y prescripción, entre otras. La demandante, COLPENSIONES, presentó una demanda de reconvención que fue contestada extemporáneamente y por ello se tuvo por no contestada.Excepciones previas y su análisis por el tribunal
De conformidad con el artículo 175 de la Ley 1437 y el Código General del Proceso, el tribunal estudió once posibles excepciones previas, incluyendo falta de jurisdicción, incompetencia, pleito pendiente, falta de legitimación, entre otras. Entre las excepciones planteadas, se destacaron: - Pleito pendiente: Se alegó que existía un proceso en curso ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia entre las mismas partes por hechos similares. Sin embargo, el tribunal determinó que no existe identidad de objeto entre ambos procesos, dado que uno versa sobre la reactivación del pago de una pensión suspendida por incompatibilidad de salario y pensión simultáneos, mientras que el otro se refiere a la incompatibilidad pensional entre prestaciones reconocidas por diferentes entidades. Además, la Corte Suprema ya se pronunció sobre uno de estos procesos, concluyendo que las pensiones reconocidas no...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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